La llegada de un nuevo bebé a la familia supone poner toda la atención en el pequeño. Es en este momento cuando la mamá trabajadora puede pedir su baja por maternidad, una prestación económica que le permite seguir cobrando su sueldo en esos días en los que no acude al trabajo para estar con el bebé.
La prestación por maternidad, o permiso por nacimiento y cuidado del menor, tiene una duración de varias semanas en las cuáles el Estado Español se compromete a compensar a la mamá por ese tiempo en el que no recibirá los ingresos correspondientes por no poder trabajar.
Es un derecho al que puede acogerse cualquier mujer, tanto si ha dado a luz, si ha adoptado o si se presta como familia de acogida.
¿Quieres saber más sobre la prestación de maternidad? ¿Cuántas semanas dura, cuánto se cobra, cómo tramitar la baja de maternidad, y otros detalles? Te contamos lo que debes saber a través de esta completa guía para mamás que están a la espera de sus pequeños.
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- 1 ¿Qué es la baja por maternidad?
- 2 ¿Cómo solicitar la baja por maternidad?
- 3 ¿Cómo solicitar la devolución de IRPF de la prestación por maternidad?
¿Qué es la baja por maternidad?
La baja por maternidad es una prestación pública que compensa los ingresos que dejará de cobrar la mujer durante un tiempo determinado en el que cesa su actividad laboral. Este permiso se otorga para aquellas mujeres que han dado a luz, que han adoptado a un niño, que tiene algún menor bajo su tutela o de acogida.
Esta prestación económica está regulada por la Seguridad Social en España. Es independiente de la empresa para la que trabaja la mujer, aunque cubre justo esas semanas en las que se toma el descanso por baja maternal.
Hoy en día, parte del permiso de descanso por maternidad también puede ser cedido al padre. La madre puede darle al padre o a su pareja hasta un máximo de 10 semanas de su permiso si lo cree necesario, pasando a ser este quién disfrute de la prestación económica por paternidad.
Requisitos para pedir baja por maternidad
También conocida como subsidio por maternidad, esta prestación económica está dirigida exclusivamente para trabajadoras por cuenta ajena o autónomas dadas de alta en la Seguridad Social que han pagado su cuota hasta el momento de solicitarla.
Existe una serie de requisitos que deben cumplir las mamás para poder optar a esta ayuda económica que cubrirá parte del sueldo durante esos días en los que no pueda trabajar para ocuparse del bebé.
- Haber tomado un descanso por nacimiento de un bebé, adopción, tutela de guarda con fines de adopción o acogimiento de un menor de edad.
- Las 6 primeras semanas son siempre obligatorias para la madre, aunque el permiso podrá cederse más adelante de la madre al padre si fuera necesario, según las opciones de los progenitores.
- Es necesario estar afiliado a la Seguridad Social, en situación de alta oficial. Para las trabajadoras menores de 21 años no existe un periodo de cotización mínimo. Sin embargo, en el caso de mujeres entre 21 y 26 años deben haber cotizado al menos 90 días en los últimos 7 años o 180 días durante su periodo laboral completo. Para mujeres mayores de 26 años, los días cotizados en los últimos 7 años son de al menos 180, o de 360 días a lo largo de toda la vida laboral.
En el caso de que la madre no cumpla con estos requisitos, tiene otra opción que se conoce como subsidio no contributivo por maternidad. Se trata de una ayuda económica para el nacimiento de nuevos hijos, pero no para adopciones o acogimientos.
Para poder solicitarlo, no es necesario cumplir con los periodos de cotización, pero sí estar afiliada en la Seguridad Social, o estar dada de alta en el Inem (cobrando o no el paro). En madres autónomas, debe estar al corriente del pago de las cuotas correspondientes.
En la página del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones tienes más información sobre la prestación de nacimiento y cuidado de menor.
Duración del permiso por maternidad
La duración del permiso por maternidad durante el cuál la madre tendrá cobertura económica es de 16 semanas. Estas semanas de permiso se deben tomar seguidas. Si la madre desea reincorporarse al trabajo antes de cumplir las 16 semanas, puede hacerlo sin ningún problema.
En caso de parto múltiple, adopción de más de un niño, acogimiento múltiple o discapacidad del niño, el plazo se puede alargar hasta 2 semanas más.
En el caso del subsidio no contributivo, la duración es de 6 semanas. El cobro de esta prestación se puede prolongar 2 semanas más en caso de familia numerosa, si la familia es monoparental, si hay parto múltiple o si el bebé tiene discapacidad de al menos 65%.
En todos los casos, el inicio del periodo de descanso se hace en el momento del parto, o hasta 10 semanas antes del nacimiento si es por prescripción médica.
Para una adopción, se inicia cuando hay una resolución judicial que hace efectiva la adopción o acogimiento. En adopciones internacionales, este periodo puede comenzar hasta 4 semanas antes.
Justo en el momento en que se empieza el periodo de descanso de manera oficial, la madre cobrará la prestación correspondiente.
Períodos de descanso en relación al Estatuto de los Trabajadoras (ET)

Períodos de descanso en relación al Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP)

Permiso de maternidad y paternidad
Hoy en día, el permiso de maternidad se puede transferir entre los dos progenitores. Según el reparto de los días que se haga, el periodo de descanso de los padres puede quedar de esta forma:
- Baja de maternidad solo para la madre: 16 semanas, prorrogable 2 semanas más en situación especial.
- Baja de paternidad solo para el padre: 10 semanas cedidas por la madre, o 20 semanas si trabaja a media jornada. Las 6 primeras semanas tras la adopción o nacimiento del bebé son obligatorias para la madre.
- Bebé hospitalizado tras el nacimiento: ampliación del permiso de maternidad hasta un máximo de 13 semanas adicionales, junto a las 16 semanas.
¿Cuándo ampliar la baja de maternidad?
Existen algunos casos excepcionales en los que se amplía la duración del permiso de maternidad por la comida y salud de la madre. Estos casos puede tener una ampliación diferente:
- Si el bebé fallece, la madre puede disfrutar de su permiso de descanso hasta finalizar las 16 semanas correspondientes.
- Cuando el bebé está hospitalizado, el período de descanso será de 16 semanas, ampliable 13 semanas más si el bebé nace prematuramente o si tiene que estar hospitalizado más de una semana tras el nacimiento.
- Si el bebé es discapacitado, tanto en nacimiento como en acogida o adopción, la ampliación será de otras 2 semanas.
¿El permiso por maternidad afecta a las vacaciones?
Por supuesto que no. En el caso de que el permiso coincida con el periodo de vacaciones, estas se podrán disfrutar en otras fechas.
El periodo de vacaciones nunca se pierde, incluso si ha acabado el año natural al que corresponden. Según el Estatuto de los Trabajadores, se mantiene el derecho a disfrutar de las vacaciones en fechas distintas a las del permiso por maternidad.
Las vacaciones según convenio son de 30 días naturales o de 22 días hábiles al año (sin contar sábados y domingos).
¿Cuánto se cobra por la baja por maternidad?
El pago que se hace a cada madre por permiso de maternidad corresponde a la misma cantidad correspondiente a su base de cotización. Para establecer esta cantidad, se toma como referencia la fecha de inicio del descanso.
Si son los dos progenitores los que cobran la prestación, cada uno tendrá como subsidio la base reguladora de su sueldo. Es decir, tanto el padre como la madre seguirán cobrando el mismo sueldo de su nómina.
Además de esto, si hay situación especial de parto múltiple, o acogimiento de más de un niño, hay un plus por cada menor. Este extra tiene una duración de 6 semanas desde la fecha de nacimiento o de adopción-acogida.
De la misma forma que el pago de la nómina, la baja por maternidad se ingresa en la cuenta de la madre a mes vencido. Este subsidio se gestiona por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, y suele reflejarse en cuenta el último día del mes hábil o el día anterior si coincide en festivo.
El subsidio especial para parto o acogimiento múltiple se hace como un solo pago, justo 6 semanas después del nacimiento.
¿Cómo solicitar la baja por maternidad?
¿Dónde presentar la baja por maternidad? La solicitud del permiso por maternidad se hace ante el Instituto Nacional de la Seguridad, haciendo los trámites en las oficinas de la Seguridad Social correspondientes, o a través de esta página web con certificado digital de persona física o Cl@ve permanente.
El plazo para poder hacerlo comienza al día siguiente del nacimiento, adopción o acogimiento. También de manera excepcional en el caso de que la madre tenga que dejar el trabajo por motivos médicos, o si se trata de una adopción internacional.
Para poder solicitarlo es necesario presentar la siguiente documentación:
- Impreso de solicitud relleno con los datos de la madre. Este se puede descargar directamente de la página de la Seguridad Social a través de este enlace.
- Documento Nacional de Identidad para ciudadanos españoles, o Número de Identificación Extranjero junto con el pasaporte para ciudadanos extranjeros residentes en España.
- Informe de maternidad.
- Informe médico oficial en el caso de que la madre tenga que pedir el descanso antes del parto.
- Libro de familia, o certificado de inscripción del niño o los niños en el Registro Civil si aún no se dispone del libro de familia.
- Datos del padre si disfruta simultáneamente de permiso de paternidad, incluidos en la hoja 5 del modelo de solicitud.
- Resolución judicial en caso de adopción o acogida.
- Certificado de discapacidad si corresponde.
- Informe de fallecimiento del bebé cuando el embarazo ha sido de al menos 180 días.
Una vez presentados los documentos correspondientes, y si la madre cumple con todos los criterios para solicitar la baja por maternidad, tendrá una resolución en un plazo máximo de 30 días. Desde el nacimiento o adopción-acogida, se empezará a contar para recibir el pago correspondiente el último día del mes.
Baja por maternidad para trabajadoras autónomas
¿Qué pasa si la madre en lugar de ser trabajadora por cuenta ajena es trabajadora por cuenta propia? ¿Las mujeres autónomas puedes pedir el permiso de maternidad?
Las condiciones de este permiso para trabajadoras por cuenta ajena son las mismas, pero los requisitos son algo diferentes:
- La trabajadora debe estar afiliada al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, dada de alta o en situación asimilada.
- Los pagos de las cuotas deben estar al corriente en el momento de la solicitud.
- La prestación recibida equivale al 100% de la base reguladora cotizada por la trabajadora en caso de incapacidad temporal.
- Durante el tiempo que la trabajadora esté de baja, debe seguir cotizando como autónoma.
- El periodo de cotización son los mismos que para el resto de trabajadoras. Para menores de 21 años no hay periodo mínimo. Para mujeres entre 21 y 26 años, deben haber cotizado 90 días en los últimos 7 años, o 180 días totales en su vida laboral completa. Y en caso de trabajadoras mayores de 26 años, 180 días cotizados los últimos 7 años, o 360 días en total en su vida laboral.
La duración de este permiso es de 16 semanas, comenzando a contar desde el primer día de descanso, ya sea a partir del parto o antes del nacimiento si es necesario por cuestiones médicas.
Ante un caso de incapacidad, hospitalización del bebé, parto prematuro o situaciones especiales ya vistas, las 16 semanas de permiso pueden incrementarse.
También puede transferir hasta 10 semanas de permiso al padre o a la pareja, estando obligada a tomar como mínimo las 6 primeras semanas, que no son transferibles.
Ante cualquier duda sobre cómo pedir la baja por maternidad siendo trabajadora autónoma, ponte en contacto con tu Mutua.
Baja por maternidad para mujeres en desempleo
¿Sabías que incluso estando en situación de desempleo también puedes cobrar el permiso por maternidad?
Si estás cobrando la prestación por desempleo cuando nace el bebé o se produce la adopción o acogimiento, el Servicio Público de Empleo Estatal dejará de pagar la prestación, y se encargará el Instituto Nacional de la Seguridad Social de hacer el pago.
Gracias a esto, no se consumirán días de paro durante el periodo de baja por maternidad. Una vez concluido el permiso por maternidad, la madre podrá acudir de nuevo al SEPE para solicitar la reanudación del cobro del subsidio por desempleo, cobrando la cuota pendiente desde el momento en que se concedió la prestación por maternidad.
¿Cómo solicitar la devolución de IRPF de la prestación por maternidad?
Una gran ventaja de cobrar la prestación por maternidad es que las mujeres trabajadoras, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, están exentas de pagar el IRPF. Este impuesto es retenido igualmente durante el pago de la prestación, por lo que después hay que reclamarlo, de una manera sencilla.
¿Quieres saber cómo hacer la reclamación del IRPF por permiso de maternidad? En esta completa guía de El Blog de tu Bebé te contamos todos los detalles:
Descubre también otras ayudas que puedes pedir como madre trabajadora, de manera paralela al cobro de tu prestación por maternidad:
- Ayuda madre trabajadora; ¿Puedo solicitar los 100€ al mes?
- Permiso de lactancia; ¿cuántos días son?
- Condiciones de la excedencia por cuidado de hijos
Durante las primeras semanas en las que los padres nos adaptamos a la llegada de un nuevo hijo, toda ayuda es poca para poder brindar el mejor ambiente y cuidados a los pequeños.
Pon en práctica tus derechos como trabajadora y pide tu baja por maternidad paso a paso según lo establecido en el BOE.